Con fecha 18 de Diciembre, se ha publicado via Real Decreto-Ley 21/2018, una serie de medidas sobre los contratos de arrendamientos de vivienda.
Principales novedades:
. Plazo mínimo de contrato, se amplia la posiblidad de prorrogar los contratos hasta los 5 años en caso de que el arrendador sea persona física y 7 años en caso de que sea persona jurídica.
. Gastos de gestión inmobiliaria y formalización de contrato, de forma genérica serán a cargo del arrendador cuando sea persona jurídica.
. Penalización por incumplimiento, se podrá incluir en el contrato una indemnización a cobrar por el arrendador, equivalente a una mensualidad de renta por cada año de contrato que quedase por cumplir en caso de desistimiento.
. Pisos turísticos, quedan fuera de la Ley de Arrendamientos Urbanos y pasan a ser regulados por Ayuntamientos y Comunidades Autónomas.